Derecho laboral

Resolución 1529 del 24 de julio de 2026 · Ministerio de Salud y Protección Social · Modifica los Anexos Técnicos 2 y 3 de la Resolución 2388 de 2016

El Ministerio de Salud, mediante la Resolución 1529 de 2026, modificó la estructura de la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes (PILA). La norma incorpora nuevos tipos de cotizante (reciclador de oficio, dependiente con permanencia en régimen subsidiado y trabajador de tiempo parcial independiente), crea una planilla para retroactivos de servidores públicos y ajusta las reglas de corrección e identificación.

Conviene destacar que, cuando el trabajador conserva temporalmente su afiliación al régimen subsidiado, el empleador mantiene intacta la obligación de aportar a salud, pensión, riesgos laborales, caja de compensación, SENA e ICBF. El cambio de mayor impacto operativo es que la planilla ahora valida la información contra registros oficiales antes de permitir el pago: si los datos no coinciden, el operador bloquea el código y la liquidación no podrá realizarse, con riesgo de mora. Los ajustes entran a operar de manera escalonada entre agosto de 2026 y abril de 2027.

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Reforma Pensional: qué decidió la Corte en la Sentencia C – 264 de 2026.

La Corte Constitucional declaró exequible la mayor parte de la Ley 2381 de 2024, aunque únicamente frente a los cargos por vicios de procedimiento. Devolvió nueve disposiciones a la Cámara de Representantes y fijó el 1.º de abril de 2027 como fecha de entrada en vigor. Conviene no confundir ese aval con un punto final: lo examinado fue la forma del trámite, y el debate sobre el contenido de la reforma permanece abierto. Para las empresas, los meses que restan no constituyen un compás de espera. Cambia el enrutamiento de los aportes, se refuerzan las facultades de fiscalización y cobro de la UGPP, y readquieren vigencia pasivos pensionales anteriores a 1994 que muchas compañías consideraban superados. El presente boletín precisa qué quedó decidido, qué continúa en discusión y qué debe revisarse antes de abril de 2027.

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Decreto 1040 de 2026. Nuevas obligaciones frente al acoso, la violencia basada en género y la discriminación en el ámbito laboral

Lo que hasta ahora eran buenas prácticas pasó a ser obligación exigible y verificable por
la inspección del trabajo, sin período de transición. Toda empresa o entidad contratante
debe contar con una política y un protocolo, ajustar el reglamento interno y los contratos, y
adoptar medidas de protección efectivas. Se incorporan presunciones de acoso en
relaciones de poder, valoración probatoria con enfoque de género y la ineficacia de la
terminación del contrato de la víctima dentro de los seis meses siguientes a la queja.

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Circular 0096 de 2026. Orientaciones laborales del Ministerio del Trabajo frente a la Situación de Desastre de Carácter Nacional

Con ocasión del sismo del 10 de agosto y del Decreto 1171 de 2026, el Ministerio del
Trabajo fijó el criterio con el que evaluará las decisiones empresariales tomadas durante
la emergencia. La Circular no crea derechos nuevos ni convierte automáticamente los
hechos en accidente de trabajo, calamidad doméstica o fuerza mayor: cada figura
conserva sus requisitos y exige verificación caso a caso. Además, propone alternativas
voluntarias —trabajo en casa temporal, ajustes de turnos, acuerdos de vacaciones,
auxilios y anticipos— que deben quedar debidamente documentadas.

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Decreto 0992 de 2026. Nuevos requisitos para el depósito de los pactos colectivos en Colombia

El depósito del pacto colectivo dejó de ser un trámite formal. Ahora el Inspector del
Trabajo hace un control material: verifica que exista un verdadero conflicto de trabajo y
compara, beneficio por beneficio, el pacto con las convenciones colectivas vigentes,
incluido el efecto de la cuota sindical. Si no se acreditan las condiciones, el pacto es
inoponible, se remite al procedimiento sancionatorio y, si se advierte intención antisindical,
se compulsan copias a la Fiscalía. El control alcanza también los planes y beneficios
unilaterales asimilables a un pacto.

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Decreto 0581 de 2026. La nueva reglamentación del control a la tercerización laboral en Colombia

Decreto 0581 de 2026. La nueva reglamentación del control a la tercerización laboral en Colombia.

Vigencia: Inmediata, sin periodo de transición
Afecta a: Empresas Usuarias, EST y Cooperativas de Trabajo Asociado
Multa máxima: 5.000 SMLMV

El Decreto 0581 de 2026 introduce un nuevo capítulo al Decreto Único Reglamentario 1072 de 2015, con definiciones, indicios de ilegalidad y sanciones concretas en caso de violación a las disposiciones legales sobre tercerización e intermediación laboral.

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Actualización del nuevo Código Procesal del Trabajo y la Seguridad Social

A partir de este seis (6) de abril entra a regir en Colombia un nuevo Código Procesal del Trabajo y la Seguridad Social, conforme a lo establecido por la ley 2452 del año 2025.

Los cambios que introduce la ley afectan la forma y la oportunidad en que deben cumplirse los fallos judiciales, así como los procedimientos que se tramitarán en el futuro. En esa medida disponer de información sobre el particular permitirá mejores decisiones administrativas frente a casos concretos.

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Circular 0101 de 22 de septiembre de 2025, expedida por el Ministro de Trabajo, Antonio Sanguino

El Ministerio emitió la Circular 0101 para orientar sobre la reducción de la jornada laboral (Ley 2466) y su impacto en el salario a destajo. Antonio Sanguino
plantea que la entidad excede sus funciones de orientación al establecer fórmulas de compensación económica, actuando como legislador sin tener dicha facultad y utilizando una vía administrativa que tiene menos controles legales.

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