El próximo 15 de julio comenzará a regir el proyecto de reducción de la jornada máxima laboral, el cual responde a la entrada en vigor de la Ley 2101 de 2021. Esta ley permite que Colombia se aproxime a las recomendaciones proporcionadas por la Organización Internacional del Trabajo, con la finalidad de fortalecer la productividad en las empresas, mejorando la cualificación y competencias de los trabajadores.
La reducción de la jornada laboral, tiene por objetivo establecer una duración máxima de 42 horas a la semana, sin embargo, dicha reducción se realizará de manera gradual así:
- El próximo 15 de julio de 2023, una hora, es decir, se podrá laborar hasta 47 horas semanales.
- Para el año 2024, una hora, es decir, se podrá laborar hasta 46 horas semanales.
- Para el año 2025, dos horas, es decir, se podrá laborar hasta 44 horas semanales.
- Para el año 2026, dos horas, es decir, se podrá laborar hasta 42 horas semanales.
El Ministerio de Trabajo se pronuncia haciendo especial énfasis en que la disminución de la jornada laboral no implica la reducción de la remuneración salarial o prestacional recibida por el trabajador ni exonera al empleador de las obligaciones adquiridas en la relación contractual; por lo tanto, el empleador debe respetar los derechos y garantías de los trabajadores, so pena de las sanciones aplicables por incumplimiento.
¿Cuáles son las excepciones a la aplicación de la norma?
- Las labores que sean especialmente peligrosas o insalubres.
- Los adolescentes autorizados por el Ministerio de Trabajo para trabajar se sujetarán a las reglas comprendidas en la ley.
- Acuerdos temporales o indefinidos entre el trabajador y el empleador, para la organización de turnos de trabajo, siempre y cuando no exceda de seis (6) horas al día y treinta y seis (36) a la semana;
- Acuerdos entre el trabajador y el empleador, para que la jornada semanal de cuarenta y dos (42) horas se realice mediante jornadas diarias flexibles de trabajo.