El valor de la confianza

La firma

Estudio Siete Legal es una firma integrada por abogados especializados en diferentes áreas del derecho, con amplia experiencia en el área gerencial y de los negocios, lo que nos permite entender las necesidades de nuestros clientes y prestar un servicio eficiente y de alto impacto en el desarrollo de las actividades empresariales.

Estudio Siete Legal, el mejor equipo de abogados especializados a su servicio.

ÁREAS DE PRÁCTICA

¿QUÉ HACEMOS?

Derecho Laboral

Somos reconocidos como abogados expertos en derecho individual, colectivo y de seguridad social...

Derecho Comercial y Corporativo

Nuestro equipo presta servicios en temas societarios incluyendo la constitución y liquidación de sociedades, su transformación, escisión...

Derecho Tributario y Comercio Exterior

En el área tributaria asesoramos a nuestros clientes en el diseño de transacciones comerciales, la estructuración de esquemas de planeación tributaria...

Derecho Aeronáutico

Contamos con un área especializada en derecho aeronáutico, que presta un acompañamiento integral a empresas del sector aeronáutico...

Responsabilidad Civil y Seguros

Los servicios de esta área incluyen la asesoría en la suscripción de contratos de seguro y reaseguro, negociaciones entre aseguradores y asegurados...

Litigios

Representamos los intereses de nuestros clientes en litigios civiles, comerciales, laborales y administrativos...

TESTIMONIOS

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ARTÍCULOS RECIENTES

Lo que hasta ahora eran buenas prácticas pasó a ser obligación exigible y verificable por la inspección del trabajo, sin período de transición. Toda empresa o entidad contratante debe contar con una política y un protocolo, ajustar el reglamento interno y los contratos, y adoptar medidas de protección efectivas. Se incorporan presunciones de acoso en relaciones de poder, valoración probatoria con enfoque de género y la ineficacia de la terminación del contrato de la víctima dentro de los seis meses siguientes a la queja.
Con ocasión del sismo del 10 de agosto y del Decreto 1171 de 2026, el Ministerio del Trabajo fijó el criterio con el que evaluará las decisiones empresariales tomadas durante la emergencia. La Circular no crea derechos nuevos ni convierte automáticamente los hechos en accidente de trabajo, calamidad doméstica o fuerza mayor: cada figura conserva sus requisitos y exige verificación caso a caso. Además, propone alternativas voluntarias —trabajo en casa temporal, ajustes de turnos, acuerdos de vacaciones, auxilios y anticipos— que deben quedar debidamente documentadas.
El depósito del pacto colectivo dejó de ser un trámite formal. Ahora el Inspector del Trabajo hace un control material: verifica que exista un verdadero conflicto de trabajo y compara, beneficio por beneficio, el pacto con las convenciones colectivas vigentes, incluido el efecto de la cuota sindical. Si no se acreditan las condiciones, el pacto es inoponible, se remite al procedimiento sancionatorio y, si se advierte intención antisindical, se compulsan copias a la Fiscalía. El control alcanza también los planes y beneficios unilaterales asimilables a un pacto.

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