El valor de la confianza

La firma

Estudio Siete Legal es una firma integrada por abogados especializados en diferentes áreas del derecho, con amplia experiencia en el área gerencial y de los negocios, lo que nos permite entender las necesidades de nuestros clientes y prestar un servicio eficiente y de alto impacto en el desarrollo de las actividades empresariales.

Estudio Siete Legal, el mejor equipo de abogados especializados a su servicio.

ÁREAS DE PRÁCTICA

¿QUÉ HACEMOS?

Derecho Laboral

Somos reconocidos como abogados expertos en derecho individual, colectivo y de seguridad social...

Derecho Comercial y Corporativo

Nuestro equipo presta servicios en temas societarios incluyendo la constitución y liquidación de sociedades, su transformación, escisión...

Derecho Tributario y Comercio Exterior

En el área tributaria asesoramos a nuestros clientes en el diseño de transacciones comerciales, la estructuración de esquemas de planeación tributaria...

Derecho Aeronáutico

Contamos con un área especializada en derecho aeronáutico, que presta un acompañamiento integral a empresas del sector aeronáutico...

Responsabilidad Civil y Seguros

Los servicios de esta área incluyen la asesoría en la suscripción de contratos de seguro y reaseguro, negociaciones entre aseguradores y asegurados...

Litigios

Representamos los intereses de nuestros clientes en litigios civiles, comerciales, laborales y administrativos...

TESTIMONIOS

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ARTÍCULOS RECIENTES

El nuevo artículo 138 del precitado Decreto estableció que, el incumplimiento de los términos para la ocurrencia del Silencio Administrativo Positivo, incluiría no sólo, el transcurso del plazo para la expedición del acto administrativo, sino también para la notificación del mismo.
Mediante la Circular Externa 100-000003 del 11 de septiembre de 2023, la Superintendencia de Sociedades ha dado a conocer los plazos máximos para la presentación del Informe 75, referente a SAGRILAFT y PTEE,
Mediante sentencia C-318 del 2023, la Corte Constitucional declaró inexequible la expresión “resolución de conflictos societarios” contenida en el numeral 5º, literal b) del art. 24 del Código General del Proceso que le otorgaba tal facultad jurisdiccional a la Superintendencia de Sociedades.

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