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El Gobierno Nacional, a través del Decreto 045 de 2024, implementó un nuevo esquema tarifario que incrementa significativamente las tarifas para medianas y grandes empresas a partir de 2025 en el trámite de renovación de la Matrícula Mercantil, así como la de establecimientos, sucursales o agencias.
Mediante Concepto 220-315295, la Superintendencia de Sociedades, reiteró la obligación de
realizar inscribir en el registro mercantil páginas web y sitios de internet de origen
colombiano que realicen actividades de comercio electrónico.
El Consejo de Estado determinó en reciente sentencia que los impuestos pagados en el exterior pueden ser considerados un gasto.
El Consejo de Estado se pronunció en un auto sobre la tasa mínima de tributación. En este pronunciamiento debatió sobre las siguientes controversias:
Si las empresas con pérdidas contables deben calcular la Tasa de Tributación Depurada (TTD o tasa mínima).
La DIAN considera que sí, mientras que la demandante argumenta que la ley solo se refiere a la "utilidad contable", lo que excluye a las empresas con pérdidas.
Cómo se calcula el impuesto básico de renta para determinar los dividendos no gravados.
Nos permitimos recordarles las obligaciones en materia de protección de datos personales cuyos plazos están próximos a vencerse:
El día de 10 de diciembre de 2024, se citó conjuntamente a las comisiones del Senado y Cámara de la República para discutir el proyecto de Ley 245/2024 (Nueva Reforma Tributaria), una vez votado el proyecto de Ley en la comisión conjunta, deberá pasar a dos plenarias.
Por lo tanto, si el proyecto de Ley es aprobado en las comisiones y plenarias mencionadas, se estima que aproximadamente para el 23 de diciembre de 2024 pase el proyecto a sanción presidencial. Debemos recordar que, el Congreso sesiona ordinariamente en este período hasta el lunes 16 de diciembre, sin embargo, podrá sesionar extraordinariamente hasta el 31 de diciembre.
En ese orden de ideas, la mencionada reforma tributaria podría ser aprobada y sancionada en el presente año, para aplicación en el 2025, siempre y cuando no sea rechazada en las plenarias. Si no es aprobada en las plenarias el Gobierno Nacional deberá presentar un nuevo proyecto que no logrará ser aprobado en el 2024.