novedades

El próximo 23 de agosto de 2024 vence el plazo para que las Sociedades y Entidades Sin Ánimo de Lucro que tengan registradas sus bases de datos en el Registro Nacional de Bases de Datos (RNBD), actualicen la información de los reclamos presentados durante el primer semestre del año 2024 (enero-junio), para lo cual se deberá tener en cuenta lo manifestado por los Titulares y los tipos de reclamos que se encuentran prestablecidos en el RNBD. Conozca los detalles del procedimiento para realizar esta actualización.
La Superintendencia de Sociedad fijó los plazos para la presentación anual del Informe 75 (SAGRILAFT y PTEE) y del Informe 42 (Prácticas Empresariales) mediante la Circular Externa 100-000003 del 11 de septiembre de 2023. A partir del primero de julio de 2024, las empresas obligadas deberán presentar dichos informes, de acuerdo con los dos (2) últimos dígitos del NIT.  Conozca el detalle de los plazos para la presentación de dichos informes.
El pasado 22 de mayo se expidió el Decreto 0659 de 2024, el cual modifica parcialmente el Decreto 1165 de 2019, con la finalidad de actualizar la normativa aduanera. A continuación, conozca los principales cambios que ofrece el Decreto respecto a la declaración de importación anticipada, el pago consolidado, las resoluciones de clasificación arancelaria, entre otros temas que pueden ser de su interés.
Los capítulos X y XIII de la Circular Básica Jurídica de la Superintendencia de Sociedades incluyen la obligación para las empresas de implementar el Sistema de Autocontrol y Gestión del Riesgo de LA/FT (SAGRILAFT) y el Programa de Transparencia y Ética Empresarial (PTEE). El incumplimiento de estas obligaciones puede acarrear diversas sanciones por parte de la Superintendencia de Sociedades, las cuales han aumentado de manera significativa su valor en los últimos meses.
Mediante Resolución 2024060000475 del 11 de enero de 2024, la Gobernación de Antioquia ha fijado las instrucciones para la elaboración y presentación de los Programas de Transparencia y Ética Empresarial (PTEE) para las ESAL domiciliadas en el departamento de Antioquia.
De conformidad con el artículo 607 del Estatuto Tributario, modificado por el artículo 63 de la Ley 2277 del 2022, deben presentar la declaración de activos en el exterior los contribuyentes del impuesto sobre la renta y de regímenes sustitutos del impuesto sobre la renta (régimen simple) que sean residentes en Colombia para efectos fiscales y que al 1 de enero de cada año posean activos en el exterior cuyo valor patrimonial sea superior a 2.000 UVT.