
Circular Externa No. 20265330000164 del 7 de octubre de 2026
La Superintendencia de Transporte amplió el plazo para que los sujetos obligados del sector presenten el primer reporte de cumplimiento del SARLAFT y del Régimen de Medidas Simplificadas (RMS). La medida responde a las dificultades tecnológicas y fallas que presentaron los usuarios al intentar registrar la información en la plataforma dispuesta por la entidad. Aspectos clave:
• Nueva fecha límite: el primer reporte de cumplimiento en el Módulo de Supervisión deberá presentarse a más tardar el 10 de abril de 2027.
• Información a reportar: en esa fecha se reportará la información acumulada de la vigencia 2026, correspondiente a los periodos 2 (mayo y junio), 3 (julio, agosto y septiembre) y 4 (octubre, noviembre y diciembre).
• Reporte paralelo del periodo 1 de 2027: el mismo 10 de abril de 2027 deberá presentarse también el reporte del periodo 1 de 2027 (enero, febrero y marzo).
• Reportes ya cargados: los reportes que ya se hayan ingresado en la plataforma deberán actualizarse obligatoriamente antes del 10 de abril de 2027.
• Cambio de régimen: si el sujeto obligado pasa del RMS al SARLAFT, aplicará el nuevo régimen desde el periodo 3; si pasa del SARLAFT al RMS, lo aplicará desde el periodo 2. Los periodos anteriores se reportan bajo el régimen anterior.
• Lo que no cambia: esta flexibilización se limita al plazo de reporte. No amplía el plazo de implementación del SARLAFT ni suspende las obligaciones de prevención de lavado de activos.
• Vigencia: la circular rige a partir de su publicación y deroga la Circular Externa No. 20265330000134 del 6 de agosto de 2026, que había fijado los plazos anteriores.
¿Qué significa esto para su empresa? Aunque el plazo de reporte se amplió, el sistema debe seguir funcionando con normalidad. Este tiempo adicional es una buena oportunidad para verificar que la información de los periodos de 2026 esté completa y debidamente soportada, actualizar los reportes ya cargados y confirmar que el régimen adoptado (SARLAFT o RMS) corresponda a la realidad de la operación. En Estudio Siete Legal acompañamos a empresas del sector transporte en la implementación de su SARLAFT o RMS, en la auditoría y ajuste de sistemas ya existentes y en la preparación de los reportes ante la Superintendencia.






