Compliance

Circular Externa No. 20265330000164 del 7 de octubre de 2026

La Superintendencia de Transporte amplió el plazo para que los sujetos obligados del sector presenten el primer reporte de cumplimiento del SARLAFT y del Régimen de Medidas Simplificadas (RMS). La medida responde a las dificultades tecnológicas y fallas que presentaron los usuarios al intentar registrar la información en la plataforma dispuesta por la entidad. Aspectos clave:

• Nueva fecha límite: el primer reporte de cumplimiento en el Módulo de Supervisión deberá presentarse a más tardar el 10 de abril de 2027.

• Información a reportar: en esa fecha se reportará la información acumulada de la vigencia 2026, correspondiente a los periodos 2 (mayo y junio), 3 (julio, agosto y septiembre) y 4 (octubre, noviembre y diciembre).

• Reporte paralelo del periodo 1 de 2027: el mismo 10 de abril de 2027 deberá presentarse también el reporte del periodo 1 de 2027 (enero, febrero y marzo).

• Reportes ya cargados: los reportes que ya se hayan ingresado en la plataforma deberán actualizarse obligatoriamente antes del 10 de abril de 2027.

• Cambio de régimen: si el sujeto obligado pasa del RMS al SARLAFT, aplicará el nuevo régimen desde el periodo 3; si pasa del SARLAFT al RMS, lo aplicará desde el periodo 2. Los periodos anteriores se reportan bajo el régimen anterior.

• Lo que no cambia: esta flexibilización se limita al plazo de reporte. No amplía el plazo de implementación del SARLAFT ni suspende las obligaciones de prevención de lavado de activos.

• Vigencia: la circular rige a partir de su publicación y deroga la Circular Externa No. 20265330000134 del 6 de agosto de 2026, que había fijado los plazos anteriores.

¿Qué significa esto para su empresa? Aunque el plazo de reporte se amplió, el sistema debe seguir funcionando con normalidad. Este tiempo adicional es una buena oportunidad para verificar que la información de los periodos de 2026 esté completa y debidamente soportada, actualizar los reportes ya cargados y confirmar que el régimen adoptado (SARLAFT o RMS) corresponda a la realidad de la operación. En Estudio Siete Legal acompañamos a empresas del sector transporte en la implementación de su SARLAFT o RMS, en la auditoría y ajuste de sistemas ya existentes y en la preparación de los reportes ante la Superintendencia.

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NUEVA CIRCULAR BÁSICA JURÍDICA DE LA SUPERINTENDENCIA DE SOCIEDADES: CAMBIOS FRENTE AL SAGRILAFT Y AL PTEE

El pasado dos (2) de julio de 2026, la Superintendencia de Sociedades expidió la Circular Externa 100-000020, mediante la cual actualiza integralmente la Circular Básica Jurídica (CBJ) e introduce el nuevo Capítulo IX – Sistema de Autocontrol y Gestión de Riesgos LA/FT/FP y C/ST. Esta reforma unifica en un solo cuerpo normativo las obligaciones que hasta ahora se encontraban dispersas entre el SAGRILAFT (antiguo Capítulo X ) y el PTEE (antiguo Capítulo XIII), integrando en un único sistema la prevención de lavado de activos, financiación del terrorismo, financiamiento de la proliferación de armas de destrucción masiva, corrupción y soborno transnacional (LA/FT/FP y C/ST).

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NUEVAS DIRECTRICES Y OBLIGACIONES PARA LA IMPLEMENTACIÓN DEL PTEE EN ENTIDADES SIN ÁNIMO DE LUCRO (ESAL) EN ANTIOQUIA.

La Gobernación de Antioquia ha emitido una circular para impartir orientaciones y recomendaciones dirigidas a las Entidades Sin Ánimo de Lucro (ESAL) sometidas a su inspección, vigilancia y control, con el propósito de fomentar la adopción del Programa de Transparencia y Ética Empresarial (PTEE). Esta medida responde a la obligación establecida en la Ley 2195 de 2022, la cual exige mecanismos para identificar, prevenir y mitigar los riesgos de corrupción y soborno transnacional (C/ST).

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SE MODIFICAN LOS PLAZOS PARA LA IMPLEMENTACIÓN SARLAFT PARA EMPRESAS DEL SECTOR TRANSPORTE

La Superintendencia de Transporte ha expedido la Resolución Número 16615 del 5 de noviembre de 2025. Esta normativa modifica sustancialmente el Capítulo 6 del Título V de la Circular Única de Infraestructura y Transporte, que regula el Sistema de Administración de Riesgo de Lavado de Activos, Financiación del Terrorismo y Financiación de la Proliferación de Armas de Destrucción Masiva (SARLAFT). Estas modificaciones surgen de la necesidad de unificar criterios y dar claridad a los sujetos obligados, tras la retroalimentación recibida sobre la Resolución No. 2328 de 2025.

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Nuevas obligaciones en materia PTEE para empresas vigiladas por la Superintendencia de Transporte

La Resolución 14673 del 18 de septiembre de 2025 de la Superintendencia de Transporte busca adicionar el Capítulo 10 del Título V de la Circular Única de Infraestructura y Transporte. Su objetivo es establecer los lineamientos para que las empresas del sector implementen un Programa de Transparencia y Ética Empresarial (PTEE), con el fin de prevenir la corrupción y el soborno transnacional.

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Nuevas obligaciones en materia SARLAFT para empresas vigiladas por la Superintendencia de Transporte

Con la reciente expedición por la Superintendencia de Transporte de la Resolución 2328 del 6 de
marzo de 2025, que el Capítulo 6 del Título V de la Circular Única de Infraestructura y Transporte,
se establecieron nuevos lineamientos para la implementación del Sistema de Administración de
Riesgos de Lavado de Activos, Financiación del Terrorismo y Financiación de la Proliferación de
Armas de Destrucción Masiva (SARLAFT).

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OBLIGACIONES EN MATERIA DE REGISTRO NACIONAL DE BASES DE DATOS

El próximo 23 de agosto de 2024 vence el plazo para que las Sociedades y Entidades Sin Ánimo de Lucro que tengan registradas sus bases de datos en el Registro Nacional de Bases de Datos (RNBD), actualicen la información de los reclamos presentados durante el primer semestre del año 2024 (enero-junio), para lo cual se deberá tener en cuenta lo manifestado por los Titulares y los tipos de reclamos que se encuentran prestablecidos en el RNBD.

Conozca los detalles del procedimiento para realizar esta actualización.

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