INEXEQUIBILIDAD DEL NUMERAL 5º, LITERAL B) DEL ART. 24 DEL CÓDIGO GENERAL DEL PROCESO
Mediante sentencia C-318 del 2023, la Corte Constitucional declaró inexequible la expresión “resolución de conflictos societarios” contenida en el numeral 5º, literal b) del art. 24 del Código General del Proceso que le otorgaba tal facultad jurisdiccional a la Superintendencia de Sociedades.