La Superintendencia de Sociedades publicó un Oficio dirigido a los representantes legales, revisores
fiscales y contadores públicos de sus entidades vigiladas con el objetivo de recordar la presentación
de la información financiera requerida por la Circular Única de Requerimiento de la Información
Financiera (CURIF) correspondiente al 2024.
Según el Oficio, las entidades empresariales deberán remitir los estados financieros de propósito
general con corte en 2024 dentro de los siguientes plazos:
Plazo máximo para el envío de información con corte en 2024 dentro de los siguientes plazos:
últimos dos dígitos del NIT | Plazo máximo para el envío de información |
01 a 05 | Martes 08 de abril de 2025 |
06 a 10 | Miércoles 09 de abril de 2025 |
11 a 15 | Jueves 10 de abril de 2025 |
16 a 20 | Viernes 11 de abril de 2025 |
21 a 25 | Lunes 21 de abril de 2025 |
26 a 30 | Martes 22 de abril de 2025 |
31 a 35 | Miércoles 23 de abril de 2025 |
36 a 40 | Jueves 24 de abril de 2025 |
41 a 45 | Viernes 25 de abril de 2025 |
46 a 50 | Lunes 28 de abril de 2025 |
51 a 55 | Martes 29 de abril de 2025 |
56 a 60 | Miércoles 30 de abril de 2025 |
61 a 65 | Viernes 02 de mayo de 2025 |
66 a 70 | Lunes 05 de mayo de 2025 |
71 a 75 | Martes 06 de mayo de 2025 |
76 a 80 | Miércoles 07 de mayo de 2025 |
81 a 85 | Jueves 08 de mayo de 2025 |
86 a 90 | Viernes 09 de mayo de 2025 |
91 a 95 | Lunes 12 de mayo de 2025 |
96 a 00 | Martes 13 de mayo de 2025 |
Les recordamos la importancia de acompañar los Estados Financieros con la siguiente
documentación adicional, según la normativa vigente:
Certificación de Estados Financieros: Documento firmado por el representante legal y el
contador, certificando el cumplimiento de la Ley 222 de 1995. Si aplica, también debe ser
firmado por el revisor fiscal.
Informe de Gestión: Documento presentado a la asamblea o junta de socios para su
aprobación, que incluye información detallada sobre la gestión de la empresa y el
cumplimiento de normativas (propiedad intelectual, derechos de autor y libre circulación de
facturas). No aplica a sucursales de sociedades extranjeras.
Dictamen del Revisor Fiscal: Informe del revisor fiscal sobre los estados financieros.
Notas Explicativas: Detalles y aclaraciones importantes sobre la información presentada
en los estados financieros.
Extracto del Acta de Aprobación: Copia del acta de la reunión donde se aprobaron o no
los estados financieros y el informe de gestión. No aplica a sucursales de sociedades
extranjeras.
Plazo Importante: Los documentos de los literales a, b, c y d deben enviarse dentro de los dos (2)
días hábiles siguientes a la fecha límite para la presentación del informe 01 (Estados Financieros
de Fin de Ejercicio).
Los Estados Financieros solo se consideran recibidos con la entrega completa de la documentación.
La no presentación de los Estados Financieros o de estos documentos adicionales dentro del plazo
puede generar Sanciones de hasta 200 SMLMV de acuerdo a lo establecido en la Ley 222 de 1995.