PLAZOS PARA PRESENTACIÓN DE INFORME 75 (SAGRILAFT Y PTEE), INFORME 58 (OFICIALES DE CUMPLIMIENTO) E INFORME 42 (PRACTICAS EMPRESARIALES)

Mediante la Circular Externa 100-000003 del 11 de septiembre de 2023, la Superintendencia de Sociedades ha dado a conocer los plazos máximos para la presentación del Informe 75 (SAGRILAFT y PTEE), el cual es una integración que se había anunciado anteriormente de los informes 50 (Prevención del riesgo LA/FT) y 52 (Programa de Transparencia y Ética Empresarial).

De este modo, se establece que, los obligados a presentar el Informe 75 serán las Sociedades que cumplan con lo dispuesto en los Capítulos X y XIII de la Circular Básica Jurídica. En este caso, se deberá remitir el Informe de forma anual, de acuerdo con los dos (2) últimos dígitos del NIT, sin incluir el dígito de verificación, tal como se evidencia a continuación:

Últimos dos (2) dígitos del NIT

Plazo máximo para el envío de la información

01-10

Décimo primer día hábil del mes de julio

11-20

Décimo segundo día hábil del mes de julio

21-30

Décimo tercero día hábil del mes de julio

31-40

Décimo cuarto día hábil del mes de julio

41-50

Décimo quinto día hábil del mes de julio

51-60

Décimo sexto día hábil del mes de julio

61-70

Décimo séptimo día hábil del mes de julio

71-80

Décimo octavo día hábil del mes de julio

81-90

Décimo noveno día hábil del mes de julio

91-00

Vigésimo día hábil del mes de julio

No obstante, teniendo en cuenta que para el presente año aún no se contaba con fechas establecidas para la presentación de este Informe, la Superintendencia de Sociedades ha indicado que los plazos para la presentación del Informe 75 con corte a 31 de diciembre de 2022, serán los establecidos en la siguiente tabla, de acuerdo con los dos (2) últimos dígitos del NIT, sin incluir el dígito de verificación:

Últimos dos (2) dígitos del NIT

Plazo máximo para el envío de la información

01-10

23 de octubre de 2023

11-20

24 de octubre de 2023

21-30

25 de octubre de 2023

31-40

26 de octubre de 2023

41-50

27 de octubre de 2023

51-60

30 de octubre de 2023

61-70

31 de octubre de 2023

71-80

1 de noviembre de 2023

81-90

2 de noviembre de 2023

91-00

3 de noviembre de 2023

Por otro lado, la Superintendencia de Sociedades establece los términos para la presentación del Informe 42 (Prácticas Empresariales) para los próximos años de acuerdo con los dos (2) últimos dígitos del NIT, sin incluir el dígito de verificación, de la siguiente manera:

Últimos dos (2) dígitos del NIT

Plazo máximo para el envío de la información

01-10

Primer día hábil del mes de julio

11-20

Segundo día hábil del mes de julio

21-30

Tercer día hábil del mes de julio

31-40

Cuarto día hábil del mes de julio

41-50

Quinto día hábil del mes de julio

51-60

Sexto día hábil del mes de julio

61-70

Séptimo día hábil del mes de julio

71-80

Octavo día hábil del mes de julio

81-90

Noveno día hábil del mes de julio

91-00

Décimo día hábil del mes de julio

La presentación de este Informe únicamente aplica para las sociedades vigiladas o controladas, que pertenezcan a los grupos 1 o 2 de la convergencia (NIF) y que se encuentren en condiciones normales de operación. Así mismo, se aclara que la responsabilidad del diligenciamiento y presentación de este Informe recae sobre los administradores de los sujetos obligados.

Por último, frente al Informe 58 (Oficial de Cumplimiento), la Superintendencia de Sociedades dispone que los sujetos obligados a presentar dicho Informe son aquellos que han realizado nuevos nombramientos de Oficial de Cumplimiento SAGRILAFT y/o Oficial de Cumplimiento PTEE. Este Informe debe ser diligenciado y enviado a la Superintendencia de Sociedades dentro de los quince (15) días hábiles siguientes al nombramiento o cambio del Oficial de Cumplimiento.

Es importante resaltar que el incumplimiento de las órdenes impartidas por la Superintendencia de Sociedades respecto a los plazos máximos para presentar dichos informes, podrá dar lugar a las sanciones de ley.