OBLIGACIONES EN MATERIA DE SAGRILAFT Y PTEE. EVITE SANCIONES POR PARTE DE LA SUPERINTENDENCIA DE SOCIEDADES

Los capítulos X y XIII de la Circular Básica Jurídica de la Superintendencia de Sociedades incluyen la obligación para las empresas de implementar el Sistema de Autocontrol y Gestión del Riesgo de LA/FT (SAGRILAFT) y el Programa de Transparencia y Ética Empresarial (PTEE).

De este modo, las sociedades supervisadas por la Superintendencia de Sociedades que para el año 2023 tengan ingresos totales o activos iguales o superiores a 40.000 SMMLV y/o que se encuentran en los sectores listados en la Circular Básica Jurídica, deben implementar el sistema SAGRILAFT a más tardar el 31 de mayo de 2024. Del mismo modo, las empresas que para el año 2023 tengan ingresos totales o activos iguales o superiores a 30.000 SMMLV, hayan realizado transacciones o negocios con personas naturales o jurídicas extranjeras, y/o que se encuentren en el listado de sectores expuesto por la Superintendencia de Sociedades, también deberán implementar el programa PTEE a más tardar el 31 de mayo de 2024.

Una vez implementado, deberá cumplir con las obligaciones establecidas por la Superintendencia de Sociedades, tales como el Reporte de Operaciones Sospechosas (ROS), Ausencia de Operaciones Sospechosas (AROS), presentación del Informe 58 e Informe 75, entre otras, para las cuales cuenta con plazos específicos.

Es importante resaltar que, aunque no hubiere cumplido con dichos plazos, se deben implementar dichos programas en caso de que cumpla con los requisitos; así mismo, deberá continuar con el cumplimiento de las demás obligaciones. Lo anterior, con el fin de evitar en mayor medida la imposición de sanciones por parte de la Superintendencia de Sociedades.

Desde el inicio de vigencia de las obligaciones de implementar los sistemas SAGRILAFT y PTEE, la Superintendencia de Sociedades ha impuesto diversas sanciones y multas por el no cumplimiento de ambos sistemas. Sin embargo, en los últimos meses, el valor de estas ha aumentado de manera significativa. A continuación, se presentan las últimas sanciones que ha impuesto la Superintendencia de Sociedades en esta materia:

  • En el mes de noviembre de 2023, la Superintendencia de Sociedades anunció a través de un comunicado que impondrá una multa a la aplicación móvil de domicilios RAPPI por una suma de 700 millones de pesos, por la vulneración del régimen SAGRILAFT y el reporte de operaciones sospechosas
  • El 5 de enero de 2024, la Superintendencia de Sociedad impuso sanción a una sucursal en Colombia de una reconocida multinacional del sector automotor por 400 millones de pesos, por presuntos incumplimientos en sus controles para prevenir corrupción y soborno transnacional.
  • El 23 de enero de 2024, la empresa FERRELUGUE S.A.S., importante sociedad dedicada a la importación y distribución de aceros para la industria de la construcción, y su representante legal fueron sancionados por parte la Superintendencia de Sociedades, por multas que suman 280 millones de pesos. Lo anterior, porque se incumplió con la adopción del SAGRILAFT.
  • El 16 de febrero de 2024, se impuso sanción a YARA COLOMBIA S.A., reconocida empresa multinacional de fertilizantes, la cual no logró demostrar que tenía incorporado el programa PTEE de acuerdo con los procedimientos de diseño dispuestos en la normatividad, no contaba con procesos de debida diligencia, ni tenía un sistema de evaluación, identificación y control del riesgo C/ST. La sanción impuesta fue por 100 millones de pesos.
  • Con corte a marzo de 2024, se han impuesto 6 sanciones en firme por incumplimiento de SAGRILAFT, las cuales suman entre 600 y 650 millones de pesos. En cuanto al incumplimiento del PTEE, actualmente hay 3 sanciones en firme, cuyo monto total se acerca a los 1.300 millones de pesos.

 

Finalmente, la Superintendencia de Sociedades ha informado que actualmente se encuentran en curso 23 procesos de supervisión a empresas, con el fin de verificar si están cumpliendo con la implementación de los sistemas SAGRILAFT y PTEE. Por lo anterior, es importante que cada empresa verifique si cumple con los requisitos dispuestos por la Circular Básica Jurídica de la Superintendencia de Sociedades, e implemente de manera correcta ambos sistemas en caso de que aplique. Esto, con el fin de evitar futuras sanciones por parte de la Superintendencia de Sociedades.

 

Publicado el 18 de junio de 2024.