LEY 2300 DEL 10 DE JULIO DE 2023 “POR MEDIO DE LA CUAL SE ESTABLECEN MEDIDAS QUE PROTEJAN EL DERECHO A LA INTIMIDAD DE LOS CONSUMIDORES”

Esta Ley conocida como la Ley “Deje de fregar” tiene por objeto proteger el derecho a la intimidad de los consumidores, estableciendo canales, horario y periodicidad en los cuales pueden ser contactados para gestiones de cobranza.

¿A quiénes aplica?

La Ley es aplicable para las entidades vigiladas por la Superintendencia Financiera y todas las personas naturales y jurídicas que adelanten gestiones de cobranza en forma directa, por medio de terceros o por cesión de la obligación financiera o crediticia.

¿Cuáles son los canales autorizados?

Los consumidores sólo podrán ser contactados por los canales que estos autoricen previamente ante las entidades para tal efecto, sin afectar la intimidad personal ni familiar del consumidor y absteniéndose de preguntar los motivos de incumplimiento de la obligación.

En ningún caso las entidades y personas a quienes aplica esta Ley, podrán contactar referencias personales o de otra índole, salvo el avalista, codeudor o deudor solidario, al cual se le contactará en las mismas condiciones establecidas por la Ley.

¿Con qué periodicidad y en qué puede horarios puede ser contactado?

Cuando se haya establecido contacto directo con el consumidor, no podrá ser contactado a través de diversos canales dentro de la misma semana o durante el mismo día en más de una ocasión.

La Ley señala que las prácticas de cobranza deben realizarse de lunes a viernes de 7:00 am a 7:00 pm y sábados de 8:00 am a 3:00 pm. Por lo tanto, no está permitido contactar al consumidor los días domingos y festivos, salvo manifestación de autorización expresa del consumidor. A su vez, deberán abstenerse de realizar actividades de cobranza en el domicilio o lugar de trabajo del consumidor.