Les informamos sobre el Decreto 0572 del 28 de mayo de 2025, el cual modifica el Decreto Único Tributario (DUT) 1625 de 2016. Estos cambios, efectivos desde el 1 de junio de 2025, buscan incrementar el recaudo fiscal ajustando principalmente las bases de retención en la fuente y las tarifas de autorretención del impuesto sobre la renta. Estos incrementos en la retención en la fuente para muchos contribuyentes generarán un anticipo de impuesto que implicara un incremento en los saldos a favor en la declaración de renta del año 2025.
El resumen de los cambios son los siguientes:
- Se extiende explícitamente la aplicación de las reglas de retención en la fuente sobre rendimientos financieros a los CDATs.
- Se reduce la base mínima para no practicar retención en la fuente por servicios de 4 UVT a 2 UVT.
- Se introduce un umbral de 70 UVT para la compra de productos agrícolas/pecuarios sin procesamiento industrial. Si la compra no excede este valor, la retención es opcional; si lo excede, la tarifa es del 1.5%. Anteriormente, la retención del 1.5% aplicaba sin umbral mínimo.
- Se aumenta la tarifa de retención en la fuente para compras de oro por Sociedades de Comercialización Internacional del 1% al 2.5%.
- Para bienes raíces: en vivienda, 1% sobre las primeras 10.000 UVT y 2.5% sobre el exceso; para otros destinos, 2.5% sobre el total (antes 1% general). Se reduce la cuantía mínima para no practicar retención en “otros ingresos” de 27 UVT a 10 UVT.
- Se reduce la base mínima para no practicar retención por emolumentos eclesiásticos de 27 UVT a 10 UVT. Personas naturales no agentes de retención no practicarán retención por este concepto.
- Se realiza una actualización integral de las tarifas de autorretención del impuesto sobre la renta para la mayoría de las actividades económicas y se ajustan algunas reglas especiales. Este es el cambio más extenso del decreto. En el siguiente link se puede consultar la tabla de la retención actual contra la anterior. https://drive.google.com/file/d/1yYZS01d1e44BalcbnICis_ERUkJMfkTd/view?usp=sharing
El Decreto 0572 rige desde el 29 de mayo de 2025 y sus disposiciones aplican a partir del 1 de junio de 2025.
Recomendaciones:
Recomendamos revisar el impacto en sus operaciones y realizar la parametrización de sus sistemas contables y de facturación.